¿El plazo de entrega acordado en el contrato se basa en la "fecha estimada de embarque (ETD)" o en la "fecha de llegada del vehículo"?
Nuestros plazos de entrega legales se basan en la "fecha estimada de embarque (ETD)". Siempre que el vehículo ingrese al área portuaria y sea liberado por la aduana dentro del plazo acordado, un retraso de unos días en la fecha de embarque debido a la reprogramación de la capacidad del transportista no se considerará un incumplimiento por nuestra parte. La imprevisibilidad del transporte marítimo debe ser parte de sus expectativas.
